Lluvia
Cobertura que indemniza los daños producidos por la lluviaQué cubre la garantía de Lluvia.
Se garantizan los daños materiales directos producidos a los bienes asegurados por estos fenómenos atmosféricos, siempre que se produzcan de forma anormal alcanzando las siguientes magnitudes:
Precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
En el caso de no poder justificar los límites anteriores con los informes expedidos por los Organismos Oficiales competentes, que tales fenómenos atmosféricos destruyan o dañen bienes de similares características de construcción a los asegurados, situados en la misma población y zona en un radio de 5 Km alrededor del edificio asegurado.
Exclusiones frecuentes.
Daños ocasionados a los bienes asegurados por goteras, filtraciones, oxidaciones o humedades y los producidos por el agua, la nieve, arena o polvo que penetre por puertas, ventanas u otras aberturas, que hayan quedado sin cerrar o cuyo cierre fuera defectuoso.
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